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ABR
Concursarán 35 cargos de jueces comunitarios de las pequeñas causas

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Lewis, firmó la resolución 109 por el cual habilita la convocatoria a concurso abierto para cubrir cargos vacantes de los llamados jueces comunitarios de las pequeñas causas para 35 localidades de la provincia donde los ex juzgados de paz y luego comunales se encuentran vacantes, algunos de ellos desde hace varios años, en ellos el Toba

Por Mario Cáffaro
Lewis firmó la resolución el pasado 9 de abril y el concurso deberá ajustarse a los alcances del decreto 0593 que con fecha 6 de marzo fue publicado en el Boletín Oficial donde aprueba la reglamentación del sistema de selección de los candidatos para esos juzgados.

La resolución ministerial señala, en sus considerandos, “que resulta imperiosa la necesidad de cubrir con nuevos jueces técnicos un número importante de vacantes, distribuidas estratégicamente por todos los departamentos, para hacer efectiva la nueva Justicia Comunitaria de las Pequeñas Causas con su procedimiento específico”. Aclara que para seleccionar las localidades, se tuvo en cuenta “criterios de cantidad de población, localización geográfica, distancia con otras localidades y juzgados de mayores competencias, existencia cercana de juzgados comunitarios cubiertos o que cuentan con secretarios letrados, así como también se han oído las solicitudes y planteos de autoridades comunales y legisladores de todos los departamentos”.

La convocatoria a concurso incluirá las vacantes de Gato Colorado (Dpto. 9 de Julio); Armstrong y Montes de Oca (Belgrano); Chabás (Caseros); Santa Clara de Saguier (Castellanos); J.B. Molina y Juncal (Constitución); Saladero Cabal (Garay); María Teresa, Teodolina y Villa Cañás (General López); Lanteri y Las Toscas (General Obligado); Oliveros y Villa Eloísa (Iriondo); Monte Vera y San José del Rincón (La Capital); Franck, Progreso y Sarmiento (Las Colonias); General Lagos y Funes (Rosario); Hersilia y Huanqueros (San Cristóbal); Cacique Aracaiquín (San Javier); Centeno, Gessler y López (San Jerónimo); Cayastacito y Gobernador Crespo (San Justo); Luis Palacios y San Jerónimo Sur (San Lorenzo); Los Cardos y María Susana (San Martín) y El Toba (Vera).

Las reglas de juego

El reglamento para el concurso de estos cargos se ajustará a los alcances del decreto 0583, instrumento que modificó los alcances del último concurso donde surgieron los primeros 20 jueces comunitarios con acuerdo legislativo. “Que, luego de la primera experiencia que implicó este nuevo procedimiento de designación, el Poder Ejecutivo considera aconsejable realizar una serie de reformas a la autolimitación vigente con el objeto de otorgarle mayor participación a los estamentos involucrados en la temática, así como lograr más transparencia y celeridad al procedimiento”, dice el decreto en sus considerandos. “Que, bajo esta perspectiva se considera oportuno otorgarle participación al Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial que bajo el régimen anterior no conformaban los Consejos Consultivos, lo cual permitirá que se valorice la visión de un estamento que se encuentra integrado por miembros del Poder Judicial a la hora de calificar y seleccionar a los candidatos”. También recalca que “resulta imprescindible el conocimiento por parte de quien asumirá el cargo de la realidad socioeconómica del lugar donde desempeñe sus funciones, por lo cual se otorga al Consejo Consultivo el mandato de indagar sobre la misma y valorar la residencia de los postulantes en dicho lugar” y para ello “se ha eliminado la calificación puntuada en la etapa de la entrevista personal del postulante -tal como preveía el régimen anterior-, estadio en el cual sólo podrá indagarse sobre el compromiso de los candidatos respecto de valores éticos, conocimiento y vocación por el respeto a los principios constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos, compromiso con el servicio de justicia, vocación democrática y republicana y demás ítems que constan en la normativa que se aprueba”.

En cuanto al Consejo Consultivo que tendrá a su cargo la evaluación de los postulantes, se conformará con cuatro integrantes: un presidente que será el secretario de Justicia con voto doble para el caso de empates; un profesional del derecho de los Colegios de Abogados de la provincia; un docente de las facultades de Derecho de las universidades nacionales con asiento en la provincia y un magistrado o funcionario perteneciente al Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial.

Cambios

En marzo de 2011, la Legislatura sancionó una reforma a la ley orgánica del Poder Judicial por el cual estableció la llamada Justicia de Pequeñas Causas sobre la base y el mapa de los juzgados comunales y dispuso, entre los requisitos, mayor edad de 26 años y título de abogado o procurador con tres años de antigüedad. Pero además determinó la ley 13.178 que el nombramiento de dichos jueces será realizado por el Poder Ejecutivo con acuerdo de la Asamblea Legislativa.

En los considerandos del decreto 593, se reconoce “que, a partir de ello la designación de jueces comunitarios vino a conformase en un acto complejo que necesita de la propuesta del Poder Ejecutivo y el acuerdo del Poder Legislativo, ya que los nuevos jueces no tendrán dependencia administrativa sino que gozarán de la naturaleza de verdaderos magistrados”./El Litoral/



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