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ABR
Fallo judicial obliga al Iapos a reconocer un remedio para un afiliado que padece diabetes

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial hizo lugar un recurso de amparo presentado por un hombre que debe recibir un medicamento específico, que la obra social se negaba a entregar.

La Sala II de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario hizo lugar a una medida cautelar para que la obra social Iapos reconozca y entregue un medicamento para un afiliado que debe someterse a un tratamiento de diabetes.

El medicamento o droga en cuestión es “Liraglutida”, que ayuda a las personas diabéticas a reducir su nivel de azúcar en sangre cuando está demasiado elevado. Además hace más lento el paso de los alimentos por el estómago.

Se utiliza junto con otros medicamentos para la diabetes, cuando éstos no son suficientes para controlar adecuadamente los niveles de azúcar en sangre. Se trata de un remedio de alto costo, ya que cada dosis ronda los 2.500 pesos.

El afiliado debió recurrir a la Justicia porque la obra social de los empleados públicos de la provincia se negaba a brindarle la cobertura requerida. Los auditores médicos y farmacéuticos del IAPOS afirmaban que no necesitaba el medicamento a pesar del criterio de la médica tratante, que en reiteradas oportunidades destacó la necesidad de la droga y los beneficios para la salud del paciente.

La Cámara de Apelaciones tuvo en cuenta la gravedad del diagnóstico médico y la posibilidad que exista un daño irreparable para la salud del afiliado.

El tribunal destacó además el rango constitucional del derecho a la salud, consagrado tanto por la Constitución Nacional como por la de la provincia de Santa Fe y por tratados de jerarquía constitucional, como por ejemplo la Convención Americana de derechos Humanos.

En declaraciones al programa "El primero de la mañana" de La Ocho, la abogada Carina Maceo, quien representó al afiliado ante la Justicia, manifestó: El fallo de la Cámara "es muy novedoso, ya que obligó al Iapos a brindarle cobertura de la medicación que requería el paciente. Se trata de un remedio que ayuda a reducir el nivel de azúcar en la sangre, únicamente cuando este dosaje es demasiado elevado".

Maceo contó que el juez de primera instancia que recibió la demanda "entendió que el Iapos no debía cubrir esta medicación. Ese fallo fue apelado y la Cámara entendió que sí había que otorgársela. Es una medicación cuyo valor ronda los 2.500 pesos. El paciente no pudo comprar esa medicación hasta que se tramitó el recurso de amparo".

"El juez que convalidó nuestro pedido tuvo en cuenta la gravedad del estado de salud del amparista y el rango constitucional del derecho a la salud protegido a través de la institución del amparo. Este fallo reconoce la aplicación de la ley de diabetes que apunta a una cobertura más integral, social, laboral y educativa del paciente con esta enfermedad y no a cubrir lo que la obra social quiere", agregó la abogada.
La Capital 



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